Desde el pasado mes de julio, los trabajadores autónomos pueden acogerse a
unaretención reducida del IRPF del 7%, siempre y cuando se
encuentren en el primer ejercicio de inicio de actividad o en los dos
siguientes. Además, para poder acogerse a esta reducción es necesario que el
autónomo no haya ejercido actividad profesional alguna en los 12 meses
anteriores.
La medida fue anunciada el pasado 2 de julio por el Presidente del Gobierno
en funciones, Mariano Rajoy, y entró en vigor el día 12 del mismo mes. Hasta
esa fecha los nuevos autónomos podían
aplicar una retención reducida del IRPF del 9% en sus facturas durante los
primeros 18 meses de inicio de actividad.
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