Hacienda permite
ya a los autónomos aplazar deudas de menos de 30.000 euros sin garantías
Así lo acaba de colgar la Agencia Tributaria en su web (al pie facilitamos el enlace).
En concreto, los autónomos podrán aplazar sin garantías deudas de IVA e
IRPF de menos de 30.000 euros durante 12 meses y aunque hayan cobrado el IVA. A
partir de esa cantidad, sólo si demuestran que no han cobrado el IVA, hasta 36
meses. En el caso de las pymes, podrán aplazar IVA y Sociedades (el impuesto,
no los pagos fraccionados) si demuestran que no han cobrado el IVA y durante 6
meses.
Esto supone un criterio distinto al que establece el Real Decreto-ley de 3
de diciembre que veta los aplazamientos y que ha aprobado el Congreso.
Fuentes conocedoras del proceso trasladan que la AEAT va a informar a sus
funcionarios de este criterio mediante una instrucción interna. Se considera
que este criterio respeta el Decreto porque se establece la presunción inicial
de que no se ha cobrado el IVA.
La aclaración de Hacienda se publica antes del día 30 de enero, tal y como
habían solicitado las principales asociaciones de autónomos y algunos partidos
políticos, ya que ese día vence el plazo de liquidación del IVA del ejercicio
2016.
Precisamente ayer el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, indicó en el
Congreso la intención del Gobierno de evitar que el endurecimiento de los
aplazamientos de pago de deudas tributarias aprobado en diciembre perjudicara a
pymes y autónomos, de forma que estos pudieran seguir aplazando el pago del
IVA, el principal impuesto afectado por esta medida.
Fuente: EXPANSIÓN